Legislación comparada: cómo están regulando la IA en otras jurisdicciones vs Chile

La regulación de la inteligencia artificial (IA) se articula cada vez más a través de legislaciones basadas en un enfoque de riesgo, que pondera el potencial de daño a derechos fundamentales y la sociedad. A continuación, se comparan los marcos normativos de la Unión Europea, Estados Unidos y Brasil frente al proyecto de ley chileno.

Unión Europea: El AI Act

La Unión Europea ha adoptado el AI Act, primera regulación integral que clasifica los sistemas de IA en cuatro niveles de riesgo:

  • Riesgo Inaceptable: Sistemas prohibidos (p. ej., scoring social, manipulación de emociones, reconocimiento biométrico en espacios públicos) bajo pena de sanción.
  • Alto Riesgo: Aplicaciones que afectan derechos y seguridad (infraestructura crítica, salud, justicia, migración, empleo), sujetas a requisitos de registro, evaluación de riesgo, prueba de datasets, documentación técnica y supervisión humana.
  • Riesgo Limitado: Modelos generativos o chatbots, con obligaciones de transparencia (etiquetado de IA y publicación de datos de entrenamiento).
  • Riesgo Mínimo: Spam filters y videojuegos, exentos de obligaciones pero con códigos de conducta voluntarios.

Este enfoque prioriza la proporcionalidad de las medidas sobre la IA según su potencial de impacto y otorga derechos de reclamación ante autoridades nacionales de supervisión.

Estados Unidos: Orden Ejecutiva y Plan de Acción

EE. UU. carece de una ley federal unificada, optando por órdenes ejecutivas y planes de acción presidencial:

  • El “Removing Barriers to American Leadership in Artificial Intelligence” (23 ene 2025) fomenta la innovación, reduce regulaciones y ordena un plan de acción en 180 días para mantener el liderazgo global.
  • Se revocaron directivas restrictivas previas, estableciendo prioridades de “ideological neutrality” y “human flourishing”.
  • El AI Training Act y la National AI Initiative Act financian investigación y formación de la fuerza laboral.
  • Hay más de 100 leyes estatales en debate, con iniciativas locales de transparencia algorítmica y gobernanza de sesgos.

La estrategia estadounidense prioriza la competitividad y la seguridad nacional, con un rol limitado de supervisión federal directa sobre sistemas de riesgo.

Brasil: Proyecto de Ley 2.338/2023

Brasil aprobó en el Senado el PL 2.338/2023 (dic 2024), que establece un marco de IA centrado en:

  • Pautas basadas en riesgos, incluyendo categorías prohibidas (sistemas de ataque autónomo y predicción de delitos sin control humano).
  • Responsabilidad de desarrolladores y obligación de consentimiento de titulares de derechos de autor para obras usadas en entrenamiento.
  • Protección de datos y derechos de creadores, con algoritmos que deben proveer mecanismos de reclamo y remuneración.
  • Ética y no discriminación, aunque con críticas por falta de sanciones claras ante sesgos e insuficiente fuerza normativa en principios de neutralidad.

El texto prioriza la protección de derechos de autor y la responsabilidad civil, aun cuando requiere afinar sus sanciones y mecanismos de ejecución.

Chile: Proyecto de Ley de IA (Boletín 16821-19)

El anteproyecto chileno, inspirado en el modelo europeo, fija ocho principios rectores y un enfoque basado en riesgos:

  • Riesgo Inaceptable: Prohibición de sistemas que manipulen emociones, realicen deepfakes sin consentimiento o scoring social.
  • Alto Riesgo: IA en servicios críticos (sanidad, justicia, migración y empleo) sujeta a registro, evaluación continua, auditorías, transparencia y supervisión humana.
  • Riesgo Limitado y Mínimo: Modelos generativos con requisitos de etiquetado y reportes de incidentes, y aplicaciones de bajo impacto (spam filters) sin obligaciones regulatorias.
  • Implementación de un sistema de fiscalización por la Agencia de Protección de Datos Personales y sanciones proporcionales.

Comparación Clave

AspectoUE AI ActEE. UU. Orden EjecutivaBrasil PL 2.338/2023Chile Boletín 16821-19
EnfoqueRiesgo, adaptado a sectoresCompetitividad, innovaciónDerechos de autor, riesgoRiesgo, derechos humanos
ProhibicionesScoring social, biométricoPocas prohibiciones formalesIA militar autónoma, predicciónManipulación, deepfakes
Alto riesgoSalud, justicia, empleoNo definido explícitamenteImplicaciones civiles y penalesJusticia, migración, empleo
SupervisiónAutoridades nacionalesPlan de acción presidencialSenado/Cámara, agencias autorasAgencia de Protección de Datos
TransparenciaEtiquetado obligatorioDirectivas generalesMecanismos de reclamoReportes y auditorías
SancionesMultas proporcionalesNinguna federal unificadaPendientes de Cámara de Diput.Sanciones según riesgo

La regulación chilena se alinea estrechamente con el AI Act europeo, incorporando un esquema de clasificación de riesgos y supervisión regulatoria especializada, pero debe avanzar en definiciones precisas de sanciones y en la articulación de órganos de control para efectividad práctica.